“Lo mejor del corretaje de propiedades es que es un trabajo, que en poco tiempo, logra repercutir en la vida de otros…. No hay mayor felicidad de ver que los clientes con un granito de arena aportado por ti, logran cumplir sus sueños”.

César Barros

CEO | Urbalia

Me encontraba en un minuto en donde quería cambiar de rubro y el corretaje de propiedades me permitió descubrir una nueva veta de negocios que nunca pensé yo podía desarrollar. Hoy trabajo en con gente, gracias a Urbalia.

Pablo Ortuzar

Agente inicial Urbalia

 Contar con el apoyo constante de la gente de Urbalia fue imprescindible a la hora de vender mi casa. No tenía tiempo, no quería enfocarme en otros cosas y desde Urbalia, lo solucionaron todo. Me sentí muy aliviado.

Pancho Smith

Cliente | Concepción

VIDEO EXPLICATIVO

El corretaje de propiedades, es un trabajo entretenido, que permite ser independiente, obtener buenos ingresos, manejar tu tiempo, pero que requiere de esfuerzo y mucha dedicación.

En Urbalia buscamos siempre incorporar personas que necesiten generar ingresos, pero que sean trabajadoras, autónomas y perseverantes!!!

Tendrás la misión de buscar nuevas propiedades para que vendamos y alquilemos, subirlas a nuestra intranet y luego atender a los interesados que llamen por ellas. Nosotros te prepararemos, te daremos las herramientas para trabajar y nos haremos cargo del marketing y de la parte legal de todas las operaciones. En resumen, tú serás nuestro/a representante en tu zona y la cara visible hacia los clientes. 

Trabajamos SIN salario fijo y nos repartimos las comisiones que deja de cada negocio que hacemos en conjunto. En el video que viene a continuación podrás entender detalladamente nuestro modo de operación, que la lleva 10 años en Chile.

PASOS 

Si viste el vídeo y te intereso el tema, te presentamos el CONVENIO DE AGENTE ASOCIADO para que lo leas y revises. Cuéntanos, respecto de cualquier duda. Con él, podrás entender cómo funcionamos y a lo que te invitamos a ser parte.

 

 

 

 

 

 

 

CONVENIO DE TRABAJO CONJUNTO

Sociedad Urbalia Limitada, es propietaria del servicio consistente en: URBALIA PROPIEDADES, una red de personas independientes que se han agrupado para ser AGENTES dedicados al corretaje de propiedades (venta/arriendo de propiedades de terceros y a terceros). Lo anterior incluye un conjunto de métodos operativos, legales y de marketing para la instalación, puesta en marcha y funcionamiento del negocio de corretaje de propiedades en diferentes ciudades dentro de Colombia.

Urbalia en este acto acepta al AGENTE  para formar parte de su red  y este declara que ha sido debida y oportunamente informado de las condiciones bajo las que trabajará. Con lo anterior declara estar interesado en la formalización de este convenio.

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Primero.- URBALIA autoriza al AGENTE para que opere dentro de su propio territorio nacional, autorizándole a utilizar los signos distintivos de su propiedad consistentes en (logotipo y nombre comercial URBALIA. Además apoyará al agente en temas de marketing (letreros, tarjetas, formularios y otros). URBALIA se hará cargo de toda la parte legal para el cierre de negocios, lo que incluye la solicitud de ciertos certificados que pudieran obtenerse vía internet para el rápido cierre de alguna gestión inmobiliaria, confección de promesas y confección de contratos cuando estos no ameriten mayor involucramiento de un abogado especialista. Así también URBALIA, dará acceso al AGENTE a su sistema de backoffice, software o intranet, en donde el AGENTE podrá llevar un control total de propiedades, clientes, tareas, etc.

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Segundo.- En contraprestación a dicho nombramiento y autorización para desarrollar su actividad como AGENTE, ambas partes acuerdan trabajar repartiéndose  el 50% de cada transacción que realicen durante la vigencia del presente contrato, es decir trabajaran a medias en cada negocio que realicen.

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Tercero.- La duración del convenio es de 12 meses a partir de la firma del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior el AGENTE podrá poner término unilateralmente al contrato cuando estime necesario.

El contrato se prorrogará tácita y automáticamente por períodos anuales si ninguna de las partes comunicará a la otra su deseo de no acceder a la prórroga por aviso escrito enviado a la dirección indicada en el presente contrato con tres meses de anticipación a la expiración del plazo.

En el supuesto de expiración contractual, el AGENTE traspasa a URBALIA sin costo alguno de por medio, el total de las propiedades captadas durante su ejercicio si las hubiere.

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Cuarto.- URBALIA está obligado a:

  1. Entregar material gráfico para que el agente pueda desarrollar su labor (tarjetas virtuales, diseño de letreros, formularios, correo electrónico, acceso a software interno y otros).
  2. Prestar la asistencia técnica al AGENTE, tanto desde el punto de vista operativo, como legal durante toda la vigencia del contrato
  3. Mantener comunicación periódica con el agente, a fin de solucionar los problemas que puedan planteársele.
  4. Fomentar la visibilidad de las propiedades publicando están en los más relevantes portales de internet del país.
  5. Fomentar el conocimiento global de la marca URBALIA para que al agente le resulte fácil la realización de su labor.

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Quinto.- El AGENTE se obliga a:

  1. Trabajar en corretaje de propiedades exclusivamente a través de Urbalia y no otras corredoras, ni en forma independiente.
  2. No realizar ningún negocio de corretaje “particular” por fuera de URBALIA.
  3. Utilizar única y exclusivamente en su negocio los signos distintivos: nombre comercial, marca o rótulo de establecimiento de URBALIA.
  4. Respetar en todo momento la imagen del servicio y de los signos distintivos de URBALIA.
  5. Desarrollar su actividad con la máxima diligencia a fin de conseguir los mejores resultados posibles.
  6. Someter toda la publicidad que quiera realizar de su negocio a la previa autorización de URBALIA.
  7. Cumplir las siguientes metas:

    A-. CAPTACION: Un agente no debe tener nunca menos de 30 propiedades en cartera. Para lograr lo anterior, un agente nuevo el primer mes debe captar cerca de 5 propiedades, el segundo mes cerca de 10 y el tercer mes cerca de 15. De ahí en adelante un agente mínimo debe captar 4 propiedades al mes o las necesarias para mantener 30 unidades activas permanentemente.

    B-. VENTA: Un agente con 30 propiedades debiera generar al menos 1 negocio mes por medio a partir del 4to mes de ingresado.

    C-. PERSONALIDAD: El devolver llamados, contestar mails, hacer captación y buscar canjes, son algunas de las cosas básicas que hacemos a diario.

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Sexto.- El AGENTE no podrá ceder a un tercero los derechos derivados de este convenio, sin el previo consentimiento y autorización expresa y por escrito de URBALIA. Si el agente decidiera marginarse de las labores de corretaje, las propiedades captadas durante el periodo en donde participó de Urbalia, pasarán a manos de la empresa quien contactará a los dueños para informarles respecto de algún nuevo agente que las tomará para desarrollar su corretaje.

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Séptimo.- Las partes declaran que el AGENTE  representa  a URBALIA pero sus acciones pueden no representar el pensamiento o forma de operar de URBALIA y por consiguiente, es el AGENTE  responsable frente a terceros de la gestión y maneja de cada uno de sus negocios, de la plata que pudiera manejar y de los compromisos adoptados, viniendo motivada la utilización de los signos distintivos de URBALIA por la propia naturaleza del presente convenio, sin que ello suponga o pueda suponer responsabilidad frente a terceros de URBALIA por la gestión comercial del AGENTE. El agente no recibe remuneración fija por parte de Urbalia, no tiene una relación laboral de empleado de Urbalia y trabaja en base a un sistema de cooperación conjunta para explotar negocios inmobiliarios particulares, sin horarios ni obligaciones contractuales. 

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Octavo.- Este CONVENIO quedará resuelto de pleno derecho por cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) Por incumplimiento por parte de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas por la formación de este contrato.

b) Por realizar el agente un negocio inmobiliario por fuera de URBALIA y ocultado sus resultados y por no utilizar el agente el correo corporativo entregado por urbalia la ejecución del trabajo convenido.

c) Por retraso, por parte del AGENTE, en el pago a URBALIA de las alguna prestación económica recibida producto de algún negocio, en caso de recibir el agente directamente algún dinero o pago y no traspasarla a Urbalia.

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Noveno.- Las comisiones que se obtengan por cualquier negocio que se genere entre las partes durante la vigencia del contrato se repartirán de la siguiente forma entre Urbalia y el Agente u otros Agentes involucrados:

  1. Comisión para el agente captador de una propiedad o quien la subió al sistema: 25% DE LA COMISIÓN TOTAL RECIBIDA
  2. Comisión de uno o varios agentes que pudieron intervenir en el proceso: 25% DE LA COMISIÓN RECIBIDA (podrían ser por ejemplo un agente que consiguió a un cliente y un agente que mostró la propiedad).
  3. Comisión Urbalia: 50% DE LA COMISIÓN RECIBIDA

Por lo tanto:

  • Si un AGENTE captó y vendió una propiedad sin intervención de otro AGENTE, se llevará un 50% de la comisión total recibida.
  • Si un AGENTE captó solamente una propiedad, pero otro AGENTE la vendió, se llevará cada uno un 25% de la comisión total recibida.
  • SI un AGENTE vendió una propiedad captada por otro AGENTE, se llevará cada uno un 25% de la comisión total recibida.
  • SI dos AGENTES vendieron una propiedad (uno tenía un cliente interesado y otro fue a mostrar la propiedad porque ésta estaba lejos) y la propiedad había sido captada por un tercer AGENTE, los dos primeros se llevarán cada uno un 12,5% de la comisión total recibida y quien la captó, recibirá un 25% de la comisión total recibida.

ACEPTACIÓN CONVENIO

Si todo está bien y lo anterior te hace sentido, puedes aceptar el convenio, entregándonos los siguientes datos, con los que crearemos una cuenta, nos pondremos en contacto contigo y haremos la primera de varias videoconferencias para partir un extraordinario trabajo.

Bienvenida/o!!

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